El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ya se ha pronunciado respecto de las tarjetas revolving avalando la doctrina del Tribunal Supremo por la que procede anular los contratos con tarjetas revolving en determinadas circunstancias. Las revolving son un producto financiero que incluye, en la mayoría de las ocasiones, intereses usurarios.
A la vista de la jurisprudencia al respecto, el Banco de España reconocía en su Memoria de Reclamaciones de 2020, el aumento de los requerimientos por las tarjetas revolving, motivo por el que el Banco de España ha decidido reforzar la gestión de las reclamaciones, agilizar las respuestas y mejorar el asesoramiento jurídico sobre esta cuestión.
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